Elrecargo de prestaciones ante un accidente de trabajo o enfermedad profesional viene regulado en el art. 164 Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social, como refuerzo en la protección de los trabajadores cuando el accidente o enfermedad acontece como consecuencia del incumplimiento empresarial en materia preventiva. Ese
Eneste artículo os resolvemos todas las dudas sobre la indemnización y el recargo de prestaciones por accidente de trabajo. Ir al contenido. info@abogadosmv.es. info@abogadosmv.es. 981 92 21
Todaslas prestaciones económicas que tengan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional se aumentarán, según la gravedad de la falta. El tramo será de un 30% a un 50%, cuando la
Porello, las diferentes indemnizaciones son compatibles, pero complementarias, de forma que cabe que el perjudicado ejercite todas las acciones que le reconozca la ley para obtener el resarcimiento total, en este sentido las Sentencias de la Sala 4ª del Tribunal Supremo de 9 de febrero y 1 de junio de 2005, 24 de abril de 2006,
Artículo167 LGSS. Responsabilidad en orden a las prestaciones. 1.Cuando se haya causado derecho a una prestación por haberse cumplido las condiciones a que se refiere el artículo 165, la responsabilidad correspondiente se imputará, de acuerdo con sus respectivas competencias, a las entidades gestoras, mutuas colaboradoras con la
\n \n el recargo de prestaciones es vitalicio

LaJusticia le reconoció su derecho a percibir una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora de 2.040,85 euros en 14 pagas mensuales, está sentencia nos abre el camino para solicitar un recargo de prestaciones”, declara. El recargo de prestaciones es un 30, 40 o 50 % más sobre la pensión de incapacidad que tiene

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el recargo de prestaciones es vitalicio